Navegación
Prácticos en España



El practicaje en España. Por el capitán Alfonso Muñoz Fernández:
En la actualidad, es un servicio portuario universal de interés público, de titularidad de las respectivas Autoridades Portuarias, regulado en la Ley de 24 de Noviembre de 1992 (Capítulo V, Art. 102 a 104) en el Reglamento General de Practicaje de 1 de Marzo de 1996, y en un amplio conjunto de disposiciones de inferior rango. Se presta en todos los puertos en los que la Autoridad Marítima ha determinado su obligatoriedad, que en la actualidad son cuarenta y seis, y el número total de Prácticos es de doscientos uno. El practicaje es obligatorio en estos puertos, para todos los barcos mayores de 500 GT en sus entradas, salidas y movimientos interiores. Los Prácticos de cada puerto se agrupan en Corporaciones, que son entidades jurídico privadas, y que son la parte contratante con la Autoridad del Puerto. La Autoridad del Puerto, por medio del Contrato y Pliego de Practicaje, fija las condiciones del servicio: los límites de la zona de practicaje, el tiempo de respuesta, las condiciones del servicio y las tarifas máximas aplicables. La Autoridad Marítima, por su parte, fija las condiciones técnicas de la prestación; los botes, equipos de comunicaciones etc. A su vez, también fija el contenido de los exámenes para los nuevos Prácticos, y participa en los tribunales de exámenes así como la Autoridad Portuaria y los Prácticos. Los Prácticos en las diferentes Corporaciones trabajan en términos de igualdad, en un único turno rotativo. Son propietarios del equipo y embarcaciones necesarias para el servicio; y empleadores del personal necesario para atender las comunicaciones, tripular las embarcaciones y cumplir las tareas administrativas y burocráticas. Por tanto, además de su función profesional, son verdaderos empresarios, que asumen los beneficios de explotación y los riesgos de una pérdida de actividad del puerto etc.

Certificados de Exención de Practicaje:
Bajo determinadas condiciones de frecuencia de entrada, condiciones de maniobrabilidad, etc, los Capitanes de buques que realicen más de cincuenta escalas al año, pueden obtener un Certificado de Exención de practicaje PEC. Esto ha producido una gran disminución de los ingresos de los Prácticos, sobre todo en determinados puertos. Ya se han producido accidentes en estos barcos, pero la presión de los armadores es muy grande, y la Administración Marítima continúa emitiendo PEC'S a pesar de la opinión contraria de los Prácticos.

Además del Servicio de Practicaje, muchas Corporaciones realizan el servicio de control de la navegación, por el que se percibe una tarifa diferente. En los puertos donde funciona un VTS, los Prácticos se coordinan con estas facilidades, bien sea ocupando el mismo espacio físico como por ejemplo en Las Palmas; o bien actuando conjuntamente sobre los mismos procedimientos, como en Barcelona o Bilbao. A nivel individual, todos los Prácticos españoles están itegrados en la Federación de Prácticos de Puerto de España, que fue fundada en 1908 por el Práctico de Barcelona D. Ernesto Anastasio Pascual. La Federación tiene un Presidente y cuatro vocales de las cuatro zonas geográficas de la Península e islas, más dos vocales para enlace con EMPA e IMPA y un Secretario General. Tanto en EMPA como en IMPA hay una relación fluida y estrecha y se asiste regularmente a las reuniones. Dentro de EMPA, los países del Sur de Europa tenemos también un grupo específico para velar por nuestros intereses profesionales, que se reúnen anualmente. También tenemos una Mutualidad, que recauda ingresos de un porcentaje de las tarifas de practicaje, y que complementa las pensiones que el Estado paga a los Prácticos jubilados, sus viudas, etc. De cara al futuro, los Prácticos vemos numerosos problemas. De una parte, la presión económica por abaratar costes para incrementar beneficios, hace que los armadores presionen para eliminar al Práctico en la medida de lo posible. De otra parte, los tecnócratas más convencidos abogan por el practicaje por radio como elemento de futuro. La Administración portuaria se enfrenta con un proceso de privatización que pretende marcar las reglas de los usuarios en exclusiva, como axioma de libertad de mercado. Y la Comisión de la Unión Europea propone reglas comunes de juego, pero tan amplias que toda cabe dentro de ellas. Como respuesta, los Prácticos hemos apostado en España por mejorar la calidad de nuestro servicio, renovando el material y las embarcaciones con la máxima calidad. Hemos comenzado el proceso de acreditación de la calidad, y la Corporación de Bilbao ya ha obtenido la acreditación ISO 9002, sin dificultades, e irá seguida en breve de las restantes. Estamos tratando de mejorar el diálogo con las Administraciones y clientes, y asegurando el cien por cien del cumplimiento en los servicios. Con todo esto, nuestra opinión sobre el futuro es optimista a pesar de las incertidumbres.
(Alfonso Muñoz. Presidente de la Federación de Prácticos de Puerto de España)


Esquina Muelle ribera-Muelle Norte Prácticos españoles:
Se trata de un servicio muy antiguo, que nace con los primeros intercambios comerciales por mar, pero que en esencia no ha cambiado. De la luz de las velas de cera iniciales, que se empleaban para mostrar a los barcos el lugar más seguro para su atraque, se ha pasado al sistema de posicionamiento global (GPS); pero, en realidad, las labores principales siguen siendo las mismas. Una milla antes de llegar al puerto, el práctico se acerca al buque en una lancha, embarca físicamente y se integra en el equipo del puente donde instruye a la tripulación acerca de la mejor manera de realizar las maniobras de acceso al puerto. En España existen en la actualidad 208 profesionales que desarrollan sus tareas en 48 de los 50 puertos de interés general. El de Bilbao cuenta con 17 prácticos, seguido del de Sevilla con 15, el de Barcelona y el de Las Palmas con 12, respectivamente, y el de Huelva con 10, repartiéndose el resto entre las demás instalaciones portuarias.

Pruebas de capacitación:
Para ser práctico es necesario estar en posesión de un título de Capitán de la Marina Mercante, acreditar dos años de mando en buques mayores de 1000 t durante la última década y haber superado cinco pruebas selectivas y eliminatorias (tres en Madrid y dos más en el puerto), así como haber cumplido un período de seis meses de prácticas. Es la Dirección General de la Marina Mercante, organismo dependiente del ministerio de Fomento, la encargada de verificar los conocimientos del profesional y cada una de las Autoridades Portuarias las que ordenan el ingreso del práctico en el servicio. Además de los conocimientos relativos a maniobras náuticas, los prácticos son expertos conocedores del entorno portuario local, de las peculiaridades meteorológicas, hidrodinámicas -la parte de la dinámica que estudia el movimiento de los líquidos-, lingüísticas y también de la reglamentación de la zona. (Marisa Marcos)


[ Historia | Comercio Canario | Asoc.Consignatarios | Pinillos | Autoridad Portuaria ]