Encomiendas:
Esfuerzos de la Corona por suprimir las encomiendas:
Todo indígena varón entre 18 y 50 años debía pagar un tributo al rey en su condición de vasallo libre de la Corona de Castilla. El encomendero debía residir en la ciudad de españoles que fuera cabecera de los términos en los que vivían sus indígenas. Debía acudir en defensa de la tierra y sufragar los gastos del evangelizador de los indígenas. Los abusos fueron limitados con el establecimiento de la tasación. Los funcionarios valoraban el tributo que los indígenas podían entregar. La encomienda sólo mantuvo durante unas décadas una importancia fundamental. La Corona buscaba el afianzamiento de su poder a través de los funcionarios dificultando el surgimiento de una aristocracia señorial. Las encomiendas no se concedían a perpetuidad sino que finalizaban con la muerte del inmediato sucesor del beneficiario original. Las limitaciones impuestas a los encomenderos por las Nuevas Leyes (1542) causó un grave enfrentamiento armado en Perú encabezado por Gonzalo Pizarro (1546).
Dominicos de La Española (1511):
¿Estos no son hombres? ¿No tienen ánimas racionales? ¿No sois obligados a amarlos como a vosotros mismos? pregunta Antonio Montesinos a sus feligreses.
La actitud de los dominicos hacia el trato que daban los colonos españoles a los indios consiguió que se convocara la Junta de Burgos, de donde saldrían las famosas leyes de 1512 (promulgadas el 27 de diciembre) en que se legitiman las encomiendas, si bien reconociendo la libertad de los indios e imponiendo graves responsabilidades a los encomenderos; el dictamen de la Junta se resumió en siete puntos, que luego serían desarrollados en 35 leyes más cuatro complementarias en 1513. Estos siete puntos eran los siguientes:
- Los indios son libres.
- los indios deben ser instruidos en la Fe.
- los indios tienen también la obligación de trabajar, pero de modo que les sea provechoso a ellos y a la república, y que no les impida recibir la instrucción de la Fe.
- el trabajo debe ser soportable e ir acompañado de los necesarios descansos.
- además, deben tener los indios casa y haciendas propias con tiempo para labrarlas y conservarlas a su modo.
- tendrán comunicación con los cristianos.
- por último, habrán de recibir el salario conveniente por su trabajo.
Las Nuevas Leyes suprimen las encomiendas (1542):
La discusión que se centró sobre la legalidad, esencialmente desde un punto de vista cristiano, de la encomienda fue una de las causas de que la corona española promulgara las Leyes Nuevas de 1542, por las que aquélla, si bien no se suprimía, debía quedar extinguida a la muerte del posesor y no podían tener lugar nuevas concesiones; no podía obligarse a los indios a trabajos determinados ni podían ser reducidos a esclavitud. Mucho se ha discutido y escrito sobre si las Leyes Nuevas se practicaron o no. Los autores que se inclinan por creer que jamás fueron obedecidas citan con frecuencia la fórmula pregonada al comunicarlas a Benalcázar: "Obedézcase, pero no se cumpla". Aun en los textos de los historiadores actuales podemos encontrar esta dualidad.
Las encomiendas fueron también restringidas y sometidas a creciente vigilancia, aunque fracasaron las leyes que en 1542 intentaban suprimirlas; los encomenderos también fracasaron en su intento de que fuesen perpetuas; la encomienda de servicios personales fue desapareciendo para ser sustituida por la encomienda de tributos; el importe de éstos, inicialmente casi al arbitrio de los beneficiarios, fue moderándose hasta términos justos, procurándose que el importe del tributo se pagase en moneda y no en especie, para evitar fáciles abusos, y que no excediera de la cantidad que los indios pagaban en tiempos prehispánicos... Hacia 1570 se calcula que, de unas 23.000 familias españolas en Indias, sólo 4.000 viven ya de las encomiendas. A fines del siglo XVI, son en general una simple renta en metálico, mermada por algunas cargas fiscales; su número ha disminuido muchísimo y ya casi nunca implican autoridad directa sobre los indios. La edad de oro de las encomiendas ha concluido. (Céspedes del Castillo)
Persistieron las encomiendas, Y la verdad es que, si tenemos en cuenta la calidad de la mayor parte de los colonizadores, entre los que no había quien quisiese dedicarse a los trabajos agrícolas, difícilmente podía existir otra solución de orden económico. Por otra parte, el régimen de encomiendas no había de ser forzosamente un régimen de crueldad. Se comparó el encomendero al señor feudal, en el sentido que debía protección al encomendado, no en el de que ejerciera poder jurisdiccional sobre los indios. No podía tampoco enajenarlos ni expulsarlos de la encomienda. En teoría, la encomienda, pues, no involucra dominio. En la práctica distó mucho de ello (F.Soldevilla)
Aunque la conciencia del emperador y la de sus ministros se vio conmovida por los incesantes esfuerzos de Las Casas, es muy poco probable que se hubiesen llevado a cabo tantas realizaciones si la Corona española no hubiese estado ya predispuesta a favor de las ideas de Las Casas por motivos particulares menos altruistas. Para una Corona deseosa de consolidar y asegurar su propio control sobre los territorios recientemente adquiridos, el auge de la esclavitud y el sistema de encomienda constituía un serio peligro. Desde el principio, Fernando e Isabel se habían mostrado decididos a evitar el desarrollo, en el Nuevo Mundo, de las tendencias feudales que durante tanto tiempo habían minado, en Castilla, el poder de la Corona. (Elliot)
Juan Luis Vives (1492-1540) y los desamparados:
Precursor de la ética del trabajo, era partidario de que el Estado interviniese procurando la ocupación de los súbditos. Procuraba mostrar las claras ventajas en las aportaciones morales, en la formación del carácter y en las mejoras materiales que veía en el trabajo. Cuando alcanzó la notoriedad como humanista, buscó un lugar en la corte de Enrique VIII y el amparo de Carlos V. Procuró expresarse con cuidado porque distintos pensadores religiosos quisieron ver en sus afirmaciones una excesiva influencia luterana. Durante una polémica sobre la creación de albergues para pobres Pérez de Herrera, reflejando el pensamiento conservador de la época, argumenta que según Santo Tomás el pobre fingido roba mientras que los ricos sin ocupaciones (considerados virtuosos) no pecan si no son viciosos. Sobre este punto el confesor de Carlos V Fray Domingo de Soto dice que los textos sagrados alaban la pobreza y condenan la riqueza material. El nuevo elemento americano influye en la situación social con la emigración de fuerza de trabajo y súbditos emprendedores, y la inflación de precios que trajo la llegada del oro. Como parte fundamental del transfondo de las discusiones con las ideas progresistas de Vives estaba el deseo de la Iglesia de ocuparse en exclusiva de la caridad oficial de los pobres y la gestión de la parte principal de las limosnas.
|